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              visar su cumplimiento, cooperar con la autoridad de
              control, etc.
              • Se regula un “Procedimiento en caso de reclamaciones
              tramitadas por la Agencia Española de Protección de
              Datos”. Se establece un modelo de “ventanilla única”   sus datos en cualquier momento, de acuerdo con las
              (One Stop Shop) en el que existe una autoridad de con-  facultades que confiere este artículo.
              trol principal y otras autoridades subsidiarias. También   - Supresión o derecho al olvido (art. 17). Este artículo
              se establece un procedimiento de cooperación entre   otorga al interesado al facultad de solicitar al encargado
              autoridades de los Estados miembros y, en caso de dis-  del tratamiento de sus datos la supresión de los mismos
              crepancia, se prevé la decisión vinculante del Comité    sin dilaciones indebida.
              Europeo de Protección de Datos.            - Limitación del tratamiento (art. 18). El interesada
              • Por otro lado, los artículos 33 y 34 del Reglamento obli-  podrá limitar el tratamiento de sus datos, por lo que, en
              gan a las empresas que sufran una violación de segu-  caso de ser conservados bajo el consentimiento del inte-
              ridad  a denunciar las mismas en un plazo de 72 horas,   resado, solo podrán utilizarse para ejercitar acciones de
              además de comunicar la misma a los usuarios, clientes   reclamación o con el fin de proteger derechos de terceros
              o empresas afectadas.                   y, en todo caso, deberá informarse al interesado en caso
              • El nuevo reglamento confiere al interesado la posi-  de levantamiento de la limitación.
              bilidad de “otorgar y retirar su consentimiento con la   -Portabilidad de datos (art. 20). El interesado
              misma facilidad para una acción u otra” y comprende, a   podrá, en virtud del artículo 20 del Reglamento, soli-
              su vez, otros derechos que se entienden inherentes a la   citar la portabilidad de los datos personales facilita-
              protección de datos tales como:         dos a un responsable de tratamiento de datos para
                 - Transparencia (art. 12). Se establece que la informa-  transferirlos a otro sin que el primero puedo impe-
              ción proporcionada sea fácil de entender, en un lenguaje   dirlo, salvo fuerza mayor.
              simple y claro.
                 - Información (arts. 13 a 14). El encargado del trata-
                                                      Los antiguos e inutilizados manuales
              miento de datos deberá facilitar toda la información
              necesaria inherente al proceso de tratamiento de datos   de LOPD que muchas empresas tienen
              del caso concreto, incluyendo la identidad de la persona
              encargada de dicho tratamiento  y los derechos que asis-  olvidado en un  rincón, carecerán de toda
              ten a la persona en esta materia.       utilidad a raíz del mes de mayo, si es que
                 - Acceso (art. 15). El interesado tendrá derecho a so-
              licitar y obtener información acerca del tratamiento de   alguna vez la tuvieron.
                                                                                                                           N  8 - INVIERNO 2017 /18
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